SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0793/2017-S1
Fecha: 27-Jul-2017
III.
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos a un proceso justo y equitativo en igualdad de condiciones; a un juez imparcial; al debido proceso en sus componentes de tutela judicial efectiva, motivación, congruencia; presunción de inocencia petición honor y honra y “seguridad jurídica”; toda vez que, mediante la Resolución 002/2016, emitido por los demandados, fue suspendido como miembro de la Fraternidad Taller Cultural “Tinkus Wistus”, presuntamente por malos manejos y por no haber presentado una rendición de cuentas que ya lo realizó, sin señalar antecedentes de un proceso o la relación de hechos por las que se le sancionó y tampoco el fundamento legal aplicable de acuerdo a los Estatutos y Reglamentos de dicha institución; por lo que, presentó su impugnación, solicitando se deje sin efecto la aludida Resolución mediante carta notariada el 13 de febrero de 2017; sin embargo, no fue respondida.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.
- III.1.Sobre el nuevo contexto constitucional desde una visión plural
- III.2. Sobre la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre el debido proceso
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en parte
- 1º CONCEDER