SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0810/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0810/2017-S1

Fecha: 27-Jul-2017

Fragmento 11

El accionante denunció la lesión de sus derechos a la petición y al acceso a la información; puesto que, en dos oportunidades solicitó a Alcides Guardia Iriarte, Presidente del Consejo de Administración y a la Gerente Administrativa ambos de la C.A.P.A.G. Ltda. se le otorgue fotocopias legalizadas de los siguientes documentos: Informe jurídico del proceso contra el ingeniero Hormando Chávez Estívariz en el caso “CEMENTERIO MONTE VERDE”; de la personería jurídica; del Proyecto Planta de Potabilización; de la licitación para la Planta de Potabilización todos de la C.A.P.A.G. Ltda.; y, Certificación legalizada “que desde la gestión 2011 al 2017 (…) el socio debe agua potable” (sic); empero, los hoy demandados mediante CITE 017/2017 de 20 de febrero y CITE 020/2017 de 1 marzo, dieron respuestas negativas, señalando que “la Asamblea de Socios de fecha 22 de diciembre del 2016, quien se constituye en la Autoridad Suprema al interior de la Cooperativa, según lo dispuesto por el art. 51 de la Ley General de Cooperativas, Ley 356, determinó negar toda entrega de documentación mientras que los nuevos Estatutos no sean aprobados y homologados por la AFCOOP” (sic); por lo que, no le proporcionaron las fotocopias legalizadas solicitadas.