Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0819/2017-S1
Fecha: 27-Jul-2017
II.3.
II.3. Los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, a través del Auto de Vista 228 de 18 de noviembre de 2016, declararon admisibles e improcedentes las apelaciones incidentales interpuestas por el Ministerio Público y la Gerencia Regional Santa Cruz de la ANB contra el Auto Interlocutorio señalado precedentemente (fs. 29 a 32 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.
- III.1.Sobre el nuevo contexto constitucional desde una visión plural
- III.2. Sobre la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre los elementos del debido proceso
- la fundamentación o motivación de las resoluciones judiciales
- III.4. La extinción de la acción penal por máxima duración del proceso
- III.5. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- 3º DISPONER