SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0859/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0859/2017-S1

Fecha: 27-Jul-2017

1)

Solicitó se conceda la tutela impetrada; y en consecuencia, se disponga:             1) Anular la determinación del Laudo Arbitral 01/2016, asumida con relación a la restitución en efectivo del servicio de refrigerio, merced a que dicha Resolución se basa en una norma no aplicable al sector de los trabajadores del SSU; y,            2) Ordenar a las autoridades demandadas emitir nuevo laudo arbitral enmarcado en el respeto de sus derechos laborales adquiridos.

Javier Ledezma Miranda y Uganda Elizabeth Vedia Pacheco, miembros del Tribunal Arbitral, a través de sus abogados, en audiencia pública expresaron:     1) El SSU fue creado como una institución delegada de la Caja Nacional de Seguridad Social; y, al ser una entidad de derecho público debe cumplir con todo el ordenamiento jurídico establecido para entidades de esta característica, como es la Ley de Administración y Control Gubernamentales; 2) No se encuentra presupuestado pagar el refrigerio en dinero al trabajador, sino en especie a través de una empresa encargada de ello, de lo contrario se estaría incurriendo en el delito de malversación de fondos; empero, el Tribunal Arbitral favoreció a los accionantes en su solicitud; y, 3) El SSU al estar regulado por la Ley de Procedimiento Administrativo, contra el Laudo Arbitral en cuestión se debió interponerse recursos de revocatoria y jerárquico; al no haberlo hecho alcanzó ejecutoría y calidad de cosa juzgada; operando el principio de subsidiariedad para interponer esta acción de defensa; razón por la cual, solicitaron se deniegue la tutela impetrada.