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    Los suscritos Magistrados manifiestan su disidencia a la DCP 0070/2017 de 21 de agosto, correlativa a la DCP 0215/2015 de 16 de diciembre por los fundamentos de orden constitucional que se desarrollan mediante el presente Voto Disidente.
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    Los suscritos Magistrados manifiestan su disidencia a la DCP 0070/2017 de 21 de agosto, correlativa a la DCP 0215/2015 de 16 de diciembre por los fundamentos de orden constitucional que se desarrollan mediante el presente Voto Disidente.

    Fecha: 21-Ago-2017

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    • I.1.
    • municipios
    • ANÁLISIS
    • “Artículo 87. Salud
    • 3.
    • cuantas veces sea necesario, antes de entrar en vigencia, el Proyecto deberá ser objeto de un nuevo control de constitucionalidad
    • limitándose a establecer que otras modificaciones contenidas en el proyecto adecuado no serán tomadas en cuenta
    • sobre los artículos y preceptos sobre los cuales se emitió la declaración de compatibilidad, este Tribunal ya no cuenta con competencia para ingresar al análisis de los mismos
    • sino que deberá limitar su actividad jurisdiccional a los artículos o preceptos observados en un primer momento y no así revisar el nuevo precepto insertado en el proyecto de COM, pretendiendo escudriñar o analizar textos nuevos o textos eliminados para ordenar su reinserción

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