SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0722/2017-S3
Fecha: 08-Ago-2017
I.2.2. Informe de la autoridad demandada
De acuerdo al informe realizado por la Secretaria del Tribunal de garantías registrado en el acta de audiencia de 9 de julio de 2017, se sostuvo en principio que la autoridad demandada no habría remitido informe; sin embargo, posteriormente consta la afirmación de que en la citada audiencia se procedió a la lectura integral de dicho informe, extrañándose en actuados procesales la referida documentación; no obstante a ello, de la relación elaborada por el Tribunal de garantías a tiempo de emitir su Resolución se tiene que evidentemente la autoridad demandada habría remitido su informe a través del cual realizó una relación de los actos procesales cumplidos, negando haber dilatado la Resolución reclamada por el accionante, respecto de quien concedió todas sus solicitudes conforme a derecho, no siendo evidente los fundamentos expuestos de su parte, solicitando se deniegue la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- denegó
- i)
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Improcedencia de la acción de libertad por sustracción de la materia o pérdida del objeto procesal
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR
- 2° Se llama la atención