Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0725/2017-S3
Fecha: 08-Ago-2017
II.3.
II.3. Constan Declaraciones Voluntarias Notariadas de 9 de febrero de 2017, 14 y 16 de marzo de igual año, ante la Notaría de Fe Pública de Segunda Clase de Quillacollo del departamento de Cochabamba, por las cuales Abel Escobar Rueda, Modesto Sandoval Olivera y José Quiroz Cabezas, manifestaron que María Teresa Durán Cossio de Delgado y Rene Delgado Fernández -ahora accionantes-, no pueden ingresar a sus parcelas, ya que los comunarios no les dejan entrar ni llegar a las comunidades bajo la amenaza de hacerles justicia comunitaria (fs. 143 a 145 vta.).
- acción de libertad
- Las personas dentro de los tres SINDICATOS, sean sorprendidos, que informen a los patrones alguna información, serán expulsados (…) y perderán sus parcelas
- SI NOS ATREVIAMOS A INGRESAR A LAS COMUNIDADES REFERIDAS, SALDRIAMOS MUERTOS, Y QUE LOS VOTOS RESOLUTIVOS Y LAS NOTIFICACIONES
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 14
- REVOCAR