Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0725/2017-S3
Fecha: 08-Ago-2017
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante señala como lesionados sus derechos a la vida, a la libertad de locomoción, a la integridad personal -física, psicológica y sexual-, a la propiedad privada, al trabajo agrícola y a la libertad física, puesto que los demandados no les dejan ingresar a sus terrenos y en caso de hacerlo harán prevalecer la justicia comunitaria, determinación asumida mediante Votos Resolutivos, junto a los habitantes de las Comunidades de Huancarani, Linku y Condepampa del departamento de Cochabamba, denunciando encontrarse ilegalmente perseguidos, procesados y condenados.
- acción de libertad
- Las personas dentro de los tres SINDICATOS, sean sorprendidos, que informen a los patrones alguna información, serán expulsados (…) y perderán sus parcelas
- SI NOS ATREVIAMOS A INGRESAR A LAS COMUNIDADES REFERIDAS, SALDRIAMOS MUERTOS, Y QUE LOS VOTOS RESOLUTIVOS Y LAS NOTIFICACIONES
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- Fragmento 14
- REVOCAR