Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0730/2017-S3
Fecha: 08-Ago-2017
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Las accionantes consideran vulnerados sus derechos a la vida, a la libertad de locomoción, a la salud y a la vivienda o habitad, citando al efecto los arts. 15, 18 y 19 de la Constitución Política del Estado (CPE), así como “…los derechos previstos en el Art. 70 y 71 que protege a las personas con discapacidad y el Art. 67 y 68 la protección privilegiada de los adultos mayores” (sic).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- Fragmento 6
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- 1)
- Fragmento 12
- III.3. De las actuaciones del Tribunal de garantías
- y se practique la citación personal o por cédula a la autoridad o a la persona denunciada,
- CONFIRMAR