SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0730/2017-S3
Fecha: 08-Ago-2017
y se practique la citación personal o por cédula a la autoridad o a la persona denunciada,
En ese sentido, se tiene que el Tribunal de garantías al proceder de la manera referida precedentemente, hizo caso omiso a la previsión del art. 126.I de la CPE, el cual determina que una vez presentada la acción de libertad, se señalará audiencia dentro del plazo de veinticuatro horas, y dispondrá que la persona accionante sea conducida a la misma y se practique la citación personal o por cédula a la autoridad o a la persona denunciada, aspecto que también se encuentra establecido por el art. 49.I del CPCo, por lo que este Tribunal Constitucional Plurinacional consecuentemente debería proceder a anular obrados, ordenando la notificación y citación a los sujetos procesales precautelando el derecho a la defensa de estos, dejando sin efecto la Resolución objeto de revisión; empero, por razones de economía procesal, tomando en cuenta que las hoy accionantes acudieron a esta jurisdicción constitucional denunciando la vulneración de sus derechos debido a la ejecución del mandamiento de lanzamiento emitido por la Jueza demandada y ejecutado por los codemandados y que como producto de ello se habría cometido medidas de hecho, extremos denunciados los cuales no se encuentran vinculados de manera directa con el ejercicio de los derechos que toda acción de libertad protege y/o restablece, tal como se tiene mencionado en el Fundamento Jurídico III.1. de este fallo constitucional, no merece pronunciamiento en el fondo del asunto planteado, correspondiendo emitir la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- Fragmento 6
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- 1)
- Fragmento 12
- III.3. De las actuaciones del Tribunal de garantías
- y se practique la citación personal o por cédula a la autoridad o a la persona denunciada,
- CONFIRMAR