SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0743/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0743/2017-S3

Fecha: 14-Ago-2017

Fragmento 17

         En el presente caso, se tiene que la accionante ingresa a estado de gestación poco después de suscribir un contrato para desempeñar el cargo de Auxiliar de Servicio I desde el 12 de febrero hasta el 10 de mayo de 2016, por lo que al tener certeza de la fecha de finalización de la relación laboral, no corresponde la aplicación del Decreto Supremo 0012 referido a la inamovilidad laboral, conforme prevé esa norma en su art. 5, aspecto que sin embargo no fue observado por la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social de Santa Cruz al momento de emitir la Conminatoria JDTSC/CONM. 91/2016 -confirmada por la RA JDTSC/R.R. 085/16 y la RM 205/17-, misma que no sustentó debidamente por qué el cargo de la hoy accionante es una actividad propia y permanente de la CPS de Santa Cruz, aplicando sin un fundamento valedero el art. 2 del Decreto Ley (DL) 16187 de 16 de febrero de 1979. En ese entendido, la SCP 0172/2017-S3 de 13 de marzo, a tiempo de resolver la problemática vinculada al derecho de inamovilidad laboral, sostuvo que:la inamovilidad laboral de las mujeres en estado de gestación, no se aplica para las trabajadoras que se encuentran en una relación laboral sujeta a contratos a plazo fijo, dado que la persona contratada conoce la fecha exacta en la que concluirá su relación laboral; asimismo en los casos en los cuales los trabajadores sometidos a despidos injustificados, hayan acudido ante la repartición departamental o regional respectiva de la Jefatura Departamental de Trabajo, Empleo y Previsión Social, para obtener el cumplimiento de sus derechos laborales, esta jurisdicción se encuentra habilitada únicamente para resguardar el cumplimiento de las Conminatorias de reincorporación emitidas por dicha instancia administrativa laboral, siempre y cuando las mismas se encuentren debidamente fundamentadas y respaldadas en el marco de la normativa y jurisprudencia aplicable”.