SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0748/2017-S3
Fecha: 14-Ago-2017
II.1.1.
II.1.1. Consta contestación a la demanda de forma negativa por parte de Víctor Hugo Apaza Moroco, a través del memorial presentado el 8 de julio de 2016, señalando que fue acosado reiteradamente por la hoy accionante para mantener una relación amorosa y una vez que salió a vivir a otro lugar fue burlado en su buena fe por la prenombrada, quien le hizo suscribir un contrato de anticresis para el funcionamiento de su taller mecánico y trabajar de manera conjunta, pero con el pasar del tiempo recibió agresiones físicas y psicológicas por la asistencia prestada a sus hijos, por lo que la relación de socios no tenía sentido, además que ella conocía su estado matrimonial, negando así la vida en común con la nombrada; y en consecuencia, la adquisición de los referidos motorizados y bienes muebles; y, solicitó se declare improbada la demanda (fs. 6 a 8 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.1.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la revisión por parte de la jurisdicción constitucional de valoración de la prueba efectuada por jueces o tribunales de la jurisdicción ordinaria. Jurisprudencia reiterada
- Cuando se haya omitido arbitrariamente valorar la prueba y su lógica consecuencia sea la lesión de derechos fundamentales y garantías constitucionales
- b) No omitieron de manera arbitraria la consideración de ellas, ya sea parcial o totalmente
- III.2.
- REVOCAR