SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0773/2017-S3
Fecha: 17-Ago-2017
II.3.
II.3. Cursa Nota Interna Unredepro 31/2016 de 29 de septiembre, dirigida al Director del Ordenamiento Territorial y Catastro del Gobierno Autónomo Municipal de Cobija mediante el cual el Jefe de “UNREDEPRO” de la misma entidad, en cumplimiento a la Sentencia de 27 de junio de 2016 que otorga el plano catastral a nombre de María Antonieta Melena Oliver de Moriset para su posterior inscripción y registro en la Oficina de DD.RR., informó que el plano del sistema catastral, registra el inmueble objeto de la litis a nombre del ahora accionante y sugirió la otorgación del plano catastral a nombre de María Antonieta Melena Oliver de Moriset, conforme instruye la citada Sentencia. Consta sello de recepción de 19 de octubre de dicho año del Juzgado Público Civil y Comercial Cuarto de la Capital del departamento de Pando (fs. 128 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.1.2.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La resolución de los hechos controvertidos corresponde a la jurisdicción ordinaria
- de manera que no será posible plantear la acción de amparo constitucional invocando derechos que se encuentren en disputa o estén en controversia
- III.2.
- Sentencia de 27 de junio de 2016
- Sentencia 41/2016
- REVOCAR