SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0773/2017-S3
Fecha: 17-Ago-2017
Sentencia 41/2016
Por otra parte, también se advierte la Sentencia 41/2016, pronunciada por la Jueza Pública Civil y Comercial Tercera de la Capital del departamento de Pando, mediante la cual se declaró probada la demanda sumaria de reivindicación, acción negatoria, desapoderamiento y restitución de inmueble iniciada por el ahora accionante contra María Antonieta Melena Oliver de Moriset y otros, ordenando a los demandados que en el plazo de noventa días restituyan a favor de la parte demandante el inmueble que ocupan registrado con folio real 9.01.1.01.0007951 ubicada en la zona 27 de mayo, Distrito 5, manzana 095, predio 3.
Consiguientemente, en el presente caso consta que se emitieron dos fallos judiciales sobre el derecho propietario de las partes en litigio de un mismo bien inmueble, siendo que la Sentencia de 27 de junio de 2016, favorece a María Antonieta Melena Oliver de Moriset y su esposo, mientras que la Sentencia 41/2016 de 6 de mayo, reconoce el derecho de dicho inmueble al hoy accionante, aspecto que denota la existencia de derechos controvertidos. Por lo que no se tiene certeza respecto a la titularidad del derecho de propiedad sobre el inmueble en conflicto, presentándose una controversia que debe ser previamente resuelta en la vía ordinaria, pues la presente acción tutelar no puede pronunciarse sobre hechos que se encuentran en discusión, por lo cual en el presente caso corresponde denegar la tutela demandada.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.1.2.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La resolución de los hechos controvertidos corresponde a la jurisdicción ordinaria
- de manera que no será posible plantear la acción de amparo constitucional invocando derechos que se encuentren en disputa o estén en controversia
- III.2.
- Sentencia de 27 de junio de 2016
- Sentencia 41/2016
- REVOCAR