SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0779/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0779/2017-S3

Fecha: 17-Ago-2017

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

El accionante por medio de su representante ratificó in extenso el contenido de su memorial de acción de libertad y ampliándolo señaló que el certificado médico particular presentado ante la autoridad demandada le recomendó guardar reposo por un término de cuarenta y ocho horas y que debía ser valorado en la ciudad de Potosí, ya que al trabajar en un campamento dedicado a la construcción de caminos, fue remitido por prescripción médica a la ciudad de Cochabamba, con la finalidad de que se compruebe o rechace una posible afección de neumonía.