Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0787/2017-S3
Fecha: 17-Ago-2017
III.3. Otras consideraciones
De antecedentes se constata que no obstante la presente acción de defensa fue resuelta el 23 de junio de 2017, la remisión ante este Tribunal fue efectuada con posterioridad a las veinticuatro horas establecidas en el art. 126.IV del CPE -“5” de julio de igual año-, incumpliendo así con el plazo señalado en la citada norma constitucional, razón por la cual corresponde llamar la atención al Tribunal de garantías.
- acción de libertad
- Cynthia Blanca Delgadillo Aramayo
- Alan Mauricio Zarate Hinojosa,
- Claudia Marcela Castro Dorado
- Héctor Enrique Arce Zaconeta,
- Patricia Miranda,
- constituye en actos de OBSTACULIZACION EN LA AVERIGUACION DE LA VERDAD
- como cursa en el cuaderno de investigaciones
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- Fragmento 13
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- i) Las autoridades jurisdiccionales
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad y presupuestos de activación
- 1) Las autoridades jurisdiccionales
- el menor AA se encontraría desaparecido
- III.3. Otras consideraciones
- 3°