SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0797/2017-S3
Fecha: 23-Ago-2017
II.1.
II.1. Por Resolución Administrativa de Autorización de Asentamiento RES-ADM-AUT 090/2016 de 17 de mayo, el entonces Director Nacional a.i. del INRA, resolvió: a) Dejar sin efecto la Resolución Administrativa de Autorización de Asentamiento RES-ADM-AUT 001/2016 de 7 de enero, emitida a favor de la comunidad campesina “EL SIRARI” en una superficie de 2934.4405 ha ubicada en los municipios de San Miguel de Velasco y del departamento de Santa Cruz; y, b) Autorizar el asentamiento de la referida comunidad en una superficie de 2981.2091 ha ubicada en los municipios antes indicados, aclarando que la consolidación del derecho de propiedad colectiva o comunitaria estará sujeta al cumplimiento de la FS (f. 5 a 8).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional no es una instancia procesal adicional ni supletoria
- III.2. La acción de amparo constitucional y su naturaleza subsidiaria
- III.3. Análisis del caso concreto
- RECURSO DE REVOCATORIA
- REVOCAR