Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0807/2017-S2
Fecha: 14-Ago-2017
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución 67/2017 de 7 de julio, cursante de fs. 126 a 134 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por René Huaygua Rocha en representación legal del Banco Pyme Ecofuturo S.A. contra Farida Brigida Velasco Alcoser y Juan Carlomagno Arroyo Martínez, Vocales de la Sala Civil y Comercial Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro; y, Hernán Ocaña Marzana, Juez Público Civil y Comercial Quinto del referido departamento.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales. Jurisprudencia reiterada
- iii) La revisión de la actividad interpretativa que realizan otras jurisdicciones que involucra el análisis de la motivación, congruencia, adecuada valoración de los hechos (valoración de la prueba) y adecuada valoración del derecho (interpretación de las normas), no es la labor propia de la justicia constitucional
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR