sENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0818/2017-S2
Fecha: 14-Ago-2017
II.1.
II.1. Cursa el incidente de nulidad interpuesto por Teófilo Velásquez Salamanca, en representación de los accionantes, señalando entre otras cosas que Carlos Pomacusi Daza al instaurar la demanda ordinaria de nulidad de escritura pública de venta de lote de terreno y la reivindicación del mismo, no dirigió esa demanda contra ellos, por lo que no fueron citados con la misma, ni notificados con el Auto de relación procesal, la Sentencia, el Auto de Vista y el Auto Supremo que se pronunciaron y otros actuados; asimismo, indican que los demandados Luis y Wilson Medrano Arancibia, son personas diferentes a ellos, con los que no tienen ninguna relación de parentesco, por lo que los efectos de la Sentencia y el Auto Supremo no les alcanza; así también, indican que el demandante no demandó el mejor derecho propietario, por lo que el AS 442/2014, al declarar esa situación, emitió una resolución extra petita que atenta el principio de congruencia y vulnera el derecho al debido proceso; además, se los pretende despojar del inmueble, lo que les ocasiona indefensión; motivo por el que interpusieron dicho incidente, pidiendo se lo declare probado, disponiendo la nulidad de todo lo obrado (fs. 155 a 158).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 4. Relación de los hechos.
- los componente esenciales de la pretensión del amparo son la causa petendi y el petitum,
- es preciso que exista una relación de causalidad entre el hecho que sirve de fundamento y la lesión causada al derecho o garantía
- la petición, petitorio o petitum es entendido como el núcleo mismo de la pretensión, es aquello que en justicia se busca satisfacer,
- La importancia del petitorio
- la finalidad de la precisión o identificación de los derechos o garantías que se consideren vulnerados y la exactitud en la formulación del petitorio, obedece a que permite establecer la relación de causalidad entre los hechos y derechos fundamentales o garantías constitucionales denunciados como infringidos
- III.3.
- CONFIRMAR