SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0822/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0822/2017-S3

Fecha: 28-Ago-2017

RATIFICAN LA COMPETENCIA, de la Juez

Ante esa situación, la Jueza demandada para no quedar “tan mal” de manera contraria a su Auto de excusa “…CONFIESA EXPRESAMENTE, TENER ENEMISTAD, ODIO Y ANIMADVERSACION HACIA MI PERSONA, y 'RECHAZA' la recusación planteada, en contra de ella, por mi hijo, resuelta mediante auto interlocutorio N° 80 de fecha 20 de abril de 2017, el mismo, que en revisión ante la SALA CUARTA CIVIL, COMERCIAL DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA DE LA CAPITAL, quienes, mediante AUTO DE VISTA N° 003/2017, y fuera de toda observancia de la norma legal procesal y de una correcta aplicación de justicia, RATIFICAN LA COMPETENCIA, de la Juez…” (sic), hecho que permitió que la ahora demandada siga cometiendo una serie de atrocidades en su contra y de su hija menor,  además de una persecución judicial y prevaricato.

Posteriormente, interpuso “recurso incidental de nulidad de actuaciones procesales por defectos absolutos, no sujetos a convalidación”, el cual, de manera injustificada, ilegal y misteriosa “hasta la fecha” no fue resuelto, incumpliendo los plazos procesales que establece el Código Niña, Niño y Adolescente dejando en absoluto estado de indefensión a  su hija menor de edad, llegando al extremo de fusionar los casos 16/2013 y 15/2017 por favorecer a la madre de su hija.