SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0827/2017-S3
Fecha: 28-Ago-2017
II.1.
II.1. Cursa imputación formal de 7 de julio de 2017, efectuada por Pablo Daniel Manrique Videla, Fiscal de Materia, presentada ante Marcos Abel Miranda Castro, Juez de Instrucción Penal Segundo de la Capital del departamento de Potosí -hoy demandado-, contra Inti Amaru Panq´ara Tellería Flores -ahora accionante- y otro, por la presunta comisión “…del delito de TENENCIA Y PORTE O PORTACIÓN ILÍCITA tipificado en el Art. 141 quinter del Código Penal en su parágrafo I inciso b)…” (sic) y los fundamentos por los cuales solicitó la detención preventiva del accionante en el Centro de Rehabilitación Productiva “Santo Domingo” de Cantumarca, refiriendo que no se someterán al proceso y obstaculizarán la aplicación de la ley y en cuanto al art. 234.1, 2 y 10 del CPP, al no haber acreditado que cuenten con familia, domicilio y actividad lícita; señalando además que pone a disposición la persona aprehendida, conforme al art. 228 del citado Código, a fin de que se defina su situación procesal (fs. 1 a 3).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- PONGO A DISPOSICION PERSONA APREHENDIDA
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- Fragmento 8
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional
- ‘…todo imputado que considere que en el curso del proceso investigativo ha sufrido una lesión de un derecho fundamental, entre ellos, el derecho a la libertad en cualquiera de las formas en que pueda sufrir menoscabo, debe impugnar tal conducta ante el juez instructor, que es el órgano jurisdiccional que tiene a su cargo el control de la investigación, desde los actos iniciales hasta la conclusión de la etapa preparatoria.
- Fragmento 11
- Cuando existe imputación y/o acusación formal
- i)
- Fragmento 14
- III.3.2. Respecto de la detención preventiva impuesta al accionante
- CONFIRMAR