SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0852/2017-S2
Fecha: 21-Ago-2017
Fragmento 14
Los fundamentos esbozados por los accionantes exponen como problemática central la presunta lesión del derecho a la libertad del mismo, generada por la omisión en la cual incurrió en primera instancia la autoridad a quo al no remitir dentro del plazo legal los antecedentes ante el Tribunal de alzada para que conozca y resuelva el recurso de apelación incidental formulado contra la resolución judicial que ordenó su detención preventiva; incumpliendo el plazo previsto por el art. 251 el CPP; y, una vez remitido y resuelto el recurso de apelación incidental, no fue devuelto al juzgado de origen hasta la fecha de presentación de la acción tutelar, teniendo pendiente su solicitud de cesación a la detención preventiva ante la autoridad inferior no quiso dar curso por no haber sido remitida por la autoridad competente lo cual genera una dilación en la definición de su situación jurídica.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El principio de celeridad en la administración de justicia
- impone a quien administra justicia el deber jurídico de despachar los asuntos sometidos a su conocimiento sin dilaciones indebidas; exigencia que se hace más apremiante en aquellos casos vinculados a la libertad personal, toda vez que tales peticiones deben ser atendidas de forma inmediata si no existe una norma que establezca un plazo, y si existiera, el plazo deberá ser cumplido estrictamente’
- refiriéndose a la acción de libertad traslativa, en cuanto a los trámites y solicitudes cuando una persona se encuentra privada de libertad éstas deben ser atendidas con la mayor celeridad, por encontrarse de por medio la libertad de las personas
- el habeas corpus traslativo o de pronto despacho, se constituye en el medio idóneo y efectivo en caso de existir vulneración al principio de celeridad respecto a trámites judiciales o administrativos que se encuentren directamente vinculados con el derecho a la libertad; es decir, cuando existen dilaciones indebidas que retardan o evitan resolver la situación jurídica de una persona que se encuentra privada de libertad
- Fragmento 14
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- CONFIRMAR en todo