SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0862/2017-S1
Fecha: 02-Ago-2017
II.2.
II.2. Por Auto de 1 de diciembre de 2016, la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, admitió el recurso de apelación incidental, declarando procedente parcialmente el mismo, manteniéndose subsistente la detención preventiva de Gustavo Crespo Cabrera y Paola Ruiz Medina, para quienes se encontraba latente el peligro de fuga establecido en los arts. 234.10, y art. 235.1 del CPP, con el aditamento que para Paola Ruiz Medina, persiste el peligro de fuga del art. 234.1 del CPP, por no haber acreditado trabajo, persistiendo el peligro de obstaculización inmerso en el art. 235.1 del Código mencionado, contrariamente se revocó la detención preventiva a favor de Jhonny Antonio Villavicencio Justiniano (fs. 5 a 7).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- Fragmento 15
- III.3. Deber del tribunal de alzada de circunscribir su resolución a los aspectos cuestionados mediante recurso de apelación
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR