SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0903/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0903/2017-S1

Fecha: 28-Ago-2017

concedió en parte

El Juez Público Civil y Comercial Décimo Primero de la ciudad del El Alto del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, a través de la Resolución 01/2017 de 19 de junio, cursante de fs. 1020 a 1028, concedió en parte la tutela solicitada solo con relación al derecho de petición, otorgando a la Alcaldesa de la ciudad del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, un plazo de setenta y dos horas, para pronunciarse respecto al voto resolutivo; en base a los siguientes fundamentos: 1) La jurisprudencia constitucional señaló que una vez planteada la petición, la misma debe ser objeto de una respuesta pronta y oportuna, ya sea esta en forma positiva o negativa; 2) La asamblea de trabajadores municipales por voto resolutivo exigió a la autoridad referida, dejar sin efecto el recorte del bono de antigüedad, misma que no tuvo respuesta por parte de la citada autoridad; 3) Se vulneró el derecho a la petición y se dejó en estado de indefensión a los accionantes, toda vez que solo tuvieron conocimiento de un informe de 27 de abril de 2017, al efecto, se vieron obligados a reiterar su solicitud; 4) La jurisprudencia constitucional, estableció que cuando los agraviados invoquen otros derechos directamente vinculados con la falta de respuesta a las peticiones, solo se analizará el derecho de petición; 5) Al existir una solicitud pendiente de respuesta por parte de la Alcaldesa de la entidad edil citada, no puede pronunciarse ni realizar el análisis de fondo, debido a que la autoridad recurrida, será la que responda dichos reclamos; 6) Con relación a los otros derechos invocados, estableció que estos no pueden ser abordados a través de la presente acción tutelar, debido a que estas deben ser operativizadas a través de la vía administrativa, recursos de inconstitucionalidad y/o judiciales.