SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0903/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0903/2017-S1

Fecha: 28-Ago-2017

Fragmento 8

Martha Patricia Castellón Beltrán, Directora de Talento Humano del Gobierno Autónomo Municipal de El Alto, a través de informe, manifestó que: i) Respecto a la legislación internacional, las entidad municipal, siempre encuadró sus actuaciones en base a la normativa administrativa vigente y la Constitución Politica del Estado, por cuanto son encargados de precautelar el erario nacional; ii) El DS 26140, es el instrumento normativo para regular el pago de bono de los servidores públicos, que conforme al art. 104 de la LGT, estos no pueden organizarse en sindicatos; ii) El referido sindicato de trabajadores, carece de legitimación activa, debido a que fueron elegidos o respaldados por un “montón de servidores públicos”(sic), asimismo el clasificador presupuestario institucional señala que las entidades públicas deben regirse a la Ley Financial; iv) Conforme a la jurisprudencia constitucional, no sería coherente se conceda la tutela, ya que sería ir contra la misma norma y de esta manera generar un daño económico al Estado; v) La parte conclusiva de los informes del inspector de trabajo señaló la existencia de hechos controvertidos y antagónicos, a ser resuelto por la autoridad llamada por Ley, es decir la jurisdicción ordinaria, por cuanto los municipios no son empresas productivas.