SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0907/2017-S2
Fecha: 21-Ago-2017
II.3.
II.3. Por nota de 31 de agosto de 2016, el accionante presentó documentación personal en fotocopias para que sea adjuntada a su file personal, consistente entre otras en Cite EEC-GG/00 2757/2011 de 25 de julio de 2012 de Notificación de Dictamen de Calificación y Formulario de Fecha de Siniestro emitido por la entidad encargada de calificar de AFP SA (fs. 29 y 40); Dictamen 11988/2011 de 19 de julio, que consignó que el afiliado Fernando Delgadillo Robles, tiene 1% de pérdida de la capacidad laboral de origen común por enfermedad (fs. 32 a 38). El Jefe de Recursos Humanos del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social a su vez, por nota de 2 de septiembre de 2016, devolvió la referida nota, considerando que la misma no tenía argumento legal para iniciar trámites en esa cartera de Estado (fs. 28).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- ii)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Artículo 35°.-
- Artículo 37°.-
- Artículo 39°.-
- Artículo 40°.-
- Fragmento 20
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo