SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0907/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0907/2017-S2

Fecha: 21-Ago-2017

II.7.

II.7.  Mediante Resolución Ministerial (RM) 147/17 de 16 de febrero de 2017, el Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social, resolvió confirmar totalmente el Memorándum D.G.A.A-RR.HH 005/2017, señalando respecto a que no se habría considerado la notificación de Dictamen de Calificación y Formularios de Fecha de Siniestro que establecería el grado de invalidez, presentada a la Unidad de Recursos Humanos el 31 de agosto de 2016, que, de la revisión de la documentación adjunta, más propiamente del Formulario de Fecha de Invalidez 11988/2011 emitido por el Tribunal Médico de Calificación que determinó que la fecha de invalidez de Fernando Delgadillo Robles corresponde al periodo de septiembre de 2010 a julio de 2011, no habiéndose establecido en ningún documento presentado el grado de discapacidad o invalidez, deduciéndose que estos no pueden ser considerados como justificativo para que proceda su inamovilidad laboral, más cuando dicha condición debió ser acreditada a través de la presentación del Certificado Único de Discapacidad y Calificación de Discapacidad actuales o carnet de discapacidad o invalidez emitidos por el Ministerio de Salud; contexto en el cual, la determinación asumida mediante Memorándum D.G.A.A-RR.HH 005/2017, se halla plenamente amparada en el art. 14.17 del Decreto Supremo 29894 (fs. 106 a 107).