SETENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0840/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SETENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0840/2017-S3

Fecha: 28-Ago-2017

denegó

La Jueza Pública Civil y Comercial Tercera de Llallagua del departamento de Potosí, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 1/2017 de 20 de junio, cursante de fs. 103 vta. a 110 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: 1) La accionante impugnó la Resolución de sobreseimiento antes que esta sea emitida, por Mónica Correa Reynaga, Fiscal de Materia, es decir con diez días de anticipación y con relación a la notificación con veintitrés días de poner en su conocimiento; 2) La Resolución FDP-T.I.S./FACM 73/2016, emitida por la autoridad hoy demandada fue notificada a la accionante el 20 de junio de 2016, de ahí que desde la notificación con la mencionada resolución hasta la interposición de la presente acción de amparo constitucional -30 de mayo de 2016-, transcurrieron once meses, por lo que no se ha dado cumplimiento al principio de inmediatez de esta acción tutelar; y, 3) Existe cosa juzgada, puesto que se presentó otra acción de amparo constitucionalidad con identidad de sujeto objeto y causa.