DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0081/2017
Fecha: 25-Sep-2017
4º DISPONER
4º DISPONER que el Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Baures adecúe el proyecto de Carta Orgánica a todas las consideraciones establecidas en esta Declaración Constitucional Plurinacional, sin modificar o suprimir el resto del proyecto y observando los artículos 1, 2, 4, 8 y 9 de la Constitución Política del Estado, garantizando los principios y valores de la misma, y el ejercicio de los derechos de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, que habitan en el Municipio. Asimismo, se debe tomar en cuenta, que la adecuación del proyecto de Carta Orgánica debe sujetarse únicamente a las incompatibilidades efectuadas por este Tribunal y no así a las no ordenadas, ya que ello implicaría la modificación del objeto de control previo de constitucionalidad y conllevaría a un proceso nuevo. Al efecto, deberá considerarse que la existencia de nuevas regulaciones o la modificación inconsulta de aquéllas que fueron sometidas al examen de constitucionalidad, motivará la conclusión extraordinaria del presente proceso de control previo de constitucionalidad y el correspondiente archivo de obrados, debiendo el estatuyente municipal gestionar un nuevo trámite similar cuando considere pertinente.
- Fragmento 1
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- III.
- III.1. Análisis del caso concreto
- 3
- incompatibilidad
- Cargo de improcedencia en la DCP 0141/2016
- improcedente
- II.
- Artículo 16º (Ámbito de Aplicación).
- b)
- improcedencia
- COMPATIBILIDAD
- Artículo 26º (Secretarias y Secretarios Municipales). I.
- Artículo 26º (Oficiales Mayores) I
- Artículo 29º (Servidoras y Servidores Públicos)
- 2.
- Artículo 50º (Disposiciones sobre régimen financiero)
- Artículo 61º
- Artículo 70º (Régimen del Adulto Mayor)
- Artículo 70º (Régimen del Adulto Mayor). I.
- 4º DISPONER