DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0081/2017
Fecha: 25-Sep-2017
III.
Habiéndose pronunciado la DCP 0141/2016 de 15 de noviembre, la cual estableció la incompatibilidad de frases, términos o el contenido íntegro de algunos artículos del proyecto de Carta Orgánica del Gobierno Autónomo Municipal de Baures, Ruby Gonzales Franco, Presidenta del Concejo del referido Municipio remitió en consulta el proyecto modificado de la referida Carta Orgánica, considerando haber adecuado la misma.
Por consiguiente, corresponde someter a juicio de constitucionalidad la misma, para determinar su compatibilidad o incompatibilidad con las normas constitucionales, labor que es encomendada al Tribunal Constitucional Plurinacional por mandato del art. 202.1 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Fragmento 1
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- III.
- III.1. Análisis del caso concreto
- 3
- incompatibilidad
- Cargo de improcedencia en la DCP 0141/2016
- improcedente
- II.
- Artículo 16º (Ámbito de Aplicación).
- b)
- improcedencia
- COMPATIBILIDAD
- Artículo 26º (Secretarias y Secretarios Municipales). I.
- Artículo 26º (Oficiales Mayores) I
- Artículo 29º (Servidoras y Servidores Públicos)
- 2.
- Artículo 50º (Disposiciones sobre régimen financiero)
- Artículo 61º
- Artículo 70º (Régimen del Adulto Mayor)
- Artículo 70º (Régimen del Adulto Mayor). I.
- 4º DISPONER