SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0055/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0055/2017

Fecha: 25-Sep-2017

1)

Los argumentos jurídico constitucionales de la jurisdicción ordinaria para declarar infundada la petición de la autoridad (AIOC) y asumir competencia para resolver el caso, como consta en el desglose del apartado II.2 y 3 de las conclusiones de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, radica en los siguientes puntos: 1) Por mandato del art. 85.I del CPCo, el Tribunal Constitucional Plurinacional, es la única instancia legitimada para conocer y resolver los conflictos de competencia entre jurisdicciones; y 2) Los plazos para generar el conflicto de competencias, están delimitados en el art. 95.II de la citada norma procesal constitucional, debiendo activarse dentro de los veinte días siguientes al conocimiento del acto por parte de la autoridad o autoridades que se consideren afectadas.