Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0863/2017-S3
Fecha: 04-Sep-2017
II.3.
II.3. A través del Proveído de Inicio de Ejecución Tributaria (PIET) 331779000251 de 28 de abril de 2017, emitido a mérito del AS 431-1, se comunicó a la empresa accionante que se dará inicio a la ejecución tributaria “…del mencionado título ejecutivo…” (sic [fs. 251]), notificado el 12 de mayo del citado año (fs. 252).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional por parte del Tribunal Constitucional Plurinacional
- III.2. Análisis del caso concreto
- no es un recurso casacional que forme parte de las vías legales ordinarias,
- 2° Llamar la atención