SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0863/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0863/2017-S3

Fecha: 04-Sep-2017

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La empresa accionante refiere que las autoridades demandadas, a tiempo de asumir el conocimiento tanto del sumario contravencional como la demanda contencioso tributaria en todas sus fases, efectuaron una interpretación literal y arbitraria del art. 13 del DS 27369, omitiendo considerar que la misma debió ser interpretada de forma sistemática y teleológica en relación a lo previsto por el art. 2 de la Ley 2626, y conforme la finalidad de las normas, concluyendo que si bien se puede renunciar a los saldos, estos no necesariamente deben estar consignados en la última declaración como dispone la primera norma citada, lesionando de esta forma sus derechos constitucionales al debido proceso, a la defensa, al trabajo y a dedicarse al comercio o cualquier actividad lícita.