SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0903/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0903/2017-S3

Fecha: 08-Sep-2017

para que

El 12 de enero de 2017, le comunicaron su retiro del SEDAG del Gobierno Autónomo Departamental de Tarija, sin entregarle la copia de dicho comunicado, quitándole el derecho a marcar y el ingreso a la mencionada institución, es así que: “En fecha 16 de enero de 2017 a horas 16:20 se realizó la respuesta de dicha nota con CITE: SEDAG/DIR/E/J.F.A/N 025/2017, donde confirman que en fecha 12 de enero de 2017 quisieron notificarme con la resolución ministerial N 1020/16 y sentencia constitucional plurinacional 1135/2016-S3, para que tanto mi persona como los demás trabajadores del SEDAG tengan conocimiento de la normativa citada, poniéndome como negación de recepción, y haciendo referencia mi conclusión de relación laboral con el SEDAG, firmada por el director del SEDAG” (sic).

El 25 de enero de 2017, presentó recurso de revocatoria contra la nota CITE:SEDAG/DIR/E.J.F.A/ 025/2017 de 13 de enero, solicitud que fue respondida por la entidad hoy demandada en sentido de que el contrato con la ahora accionante finalizó, no siendo necesaria la emisión de una Resolución; en consecuencia, con todos esos antecedentes, se evidencia la vulneración de sus derechos constitucionales, habiendo la autoridad hoy demandada desconocido el hecho que la accionante tendría contratación de manera indefinida al suscribir consecutivos contratos a plazo fijo desde la gestión 2011, y que no se haya respetado su condición de tutora de una persona con discapacidad, pues era de conocimiento de la entidad este extremo; y, que finalmente se procedió  a nuevas contrataciones en su puesto, obviando la contratación preferente de la cual gozaría.