Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0905/2017-S3
Fecha: 08-Sep-2017
I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
La parte accionante considera como lesionados sus derechos al debido proceso, al trabajo y a la propiedad, los principios de verdad material, de buena fe y presunción de inocencia, citando al efecto los arts. 46.II, 47.I, 56 y 115 de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 23.I de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- en tres dimensiones distintas
- III.2. La acción de amparo constitucional no es un instrumento procesal adicional ni casacional de la jurisdicción ordinaria
- esta jurisdicción no se constituye en un mecanismo de impugnación de la labor que efectúan los jueces y tribunales ordinarios
- III.3. Análisis del caso concreto
- se debe demostrar la lógica consecuencia de que su incumplimiento ocasionó lesión de derechos fundamentales y/o garantías constitucionales al afectado
- CONFIRMAR