SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0905/2017-S3
Fecha: 08-Sep-2017
III.3. Análisis del caso concreto
El accionante, a través de su representante, denuncia la lesión de sus derechos al debido proceso, al trabajo y a la propiedad, por cuanto la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1659/2016 de 13 de diciembre, omitió efectuar una adecuada valoración de los elementos probatorios en observancia al principio de buena fe.
Conforme se describe en la Conclusión II.1. del presente fallo constitucional, se advierte que la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 1659/2016, emitida por la autoridad administrativa ahora demandada que confirmó la Resolución de Recurso de Alzada ARIT-LPZ/RA 0802/2016 de 19 de septiembre, mantiene firme y subsistente la Resolución Sancionatoria AN-GROGR-ORUROI-SPCC-RS 0018/2016 de 19 de mayo, constituyéndose en el último actuado en sede administrativa, identificado por el accionante como el supuesto acto lesivo, por lo que pide su nulidad y además solicita se ordene a la Administración de Aduana Interior Oruro de la ANB, viabilice la nacionalización del tracto camión que fue decomisado.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- en tres dimensiones distintas
- III.2. La acción de amparo constitucional no es un instrumento procesal adicional ni casacional de la jurisdicción ordinaria
- esta jurisdicción no se constituye en un mecanismo de impugnación de la labor que efectúan los jueces y tribunales ordinarios
- III.3. Análisis del caso concreto
- se debe demostrar la lógica consecuencia de que su incumplimiento ocasionó lesión de derechos fundamentales y/o garantías constitucionales al afectado
- CONFIRMAR