SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0916/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0916/2017-S3

Fecha: 18-Sep-2017

1)

La parte accionante ratificó el contenido íntegro de su memorial de acción de amparo constitucional y ampliándolo, manifestó que: 1) Cursa en obrados la Sentencia de recobrar la posesión interpuesta por sus familiares contra los dirigentes de la Comunidad Aguayrenda, que dispuso mantener su posesión en mérito a que demostraron que viven y trabajan en esas tierras; 2) Si bien mantuvieron posesión pacífica desde 1968, los problemas comenzaron con el Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) cuando entregó títulos ejecutoriales en 2012; 3) Entre los comunarios no existe mejor derecho propietario, puesto que conforme el Auto Supremo (AS) “268/2015” dentro de una “…acción de reivindicación no procede el desapoderamiento...” (sic); 4) Fueron discriminados por no ser guaraníes, 5) El 8 de julio de 2017 fueron notificados con una Carta Notariada para que desocupen el terreno sin un previo proceso; y, 6) Según los certificados de no propiedad, señalan que no tienen otro lugar donde ir.