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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0917/2017-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0917/2017-S3

    Fecha: 18-Sep-2017

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • LOS PROCESOS INGRESADOS ANTES DEL 01 ABRIL DE 2016 CONTINUARAN TRAMITANDOSE EN SUS RESPECTIVOS JUZGADOS HASTA SU CONCLUSIÓN
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • toda resolución emanada de autoridad jurisdiccional
    • En cuanto a la congruencia
    • congruencia externa,
    • la concordancia entre la parte considerativa y dispositiva, pero además esa concordancia debe mantenerse en todo su contenido, efectuando un razonamiento integral y armonizado entre los distintos considerandos y razonamientos emitidos por la resolución
    • entendida en el ámbito procesal como la estricta correspondencia que debe existir entre lo peticionado y lo resuelto;
    • [T]oda resolución dictada en apelación, no sólo por disposición legal sino también por principio general, debe sujetarse a los puntos de apelación expuestos por la parte apelante, que se entiende deben estar relacionados con lo discutido ante el juez a quo
    • Una resolución incongruente es arbitraria
    • III.2.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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