SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0928/2017-S3
Fecha: 18-Sep-2017
denegó
La Sala Civil y Comercial Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución AC-09/2017 de 6 de julio, cursante de fs. 138 a 139 vta., denegó la tutela solicitada, argumentando que cursa en antecedentes un memorial a través del cual la parte accionante hizo conocer en su oportunidad al Juez Agroambiental que se pretendía ejecutar un mandamiento de lanzamiento que afectaría su lote directamente por ser propietaria y poseedora del mismo, sin ser parte del proceso y sin asumir defensa; empero, se pretende imponer una Sentencia dictada dentro de un proceso en el cual no fue citada, situación que le otorga la legitimación para incoar el incidente. Desde el 5 de mayo de 2016, la familia Quispe -demandante dentro del proceso civil de desalojo por avasallamiento- procedió a demoler mediante actos violentos su vivienda alegando que ganaron un proceso de avasallamiento y existiría un mandamiento de lanzamiento emitido en dicho proceso y “a la fecha” fue desalojada de su vivienda a la fuerza. Por lo señalado, se establece que la vulneración básica de los derechos fundamentales supuestamente conculcados a los accionantes, dataría del 5 de ese mes y año, extremo que es admitido plenamente por los nombrados respecto al despojo de su vivienda, en ese orden los mismos tenían el plazo de seis meses para iniciar la presente acción de amparo constitucional, lo que no ocurrió, incumpliéndose así el principio de inmediatez.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El deber de fundamentación y motivación de las resoluciones como elemento del debido proceso y congruencia
- Fragmento 13
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- b)
- c)
- CONFIRMAR