SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0963/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0963/2017-S3

Fecha: 20-Sep-2017

establecer los procedimientos y plazos para el otorgamiento de beneficios en el SIP

Ahora bien, considerando que ante la presunta vulneración de derechos fundamentales acusada en la presente acción de amparo constitucional, para una eventual concesión de tutela se requiere la existencia contrastable entre la supuesta restricción de dichos derechos y garantías con el hecho o acto lesivo; en este caso, el accionante identifica como lesiva, la imposición o exigencia de la parte demandada, de declarar a sus derechohabientes de primer grado, cuya inobservancia derivó en la devolución de sus documentos, impidiéndole acceder a la pensión de vejez que le corresponde; sin embargo, se advierte que la cuestionada exigencia tiene su asidero legal en uno de los artículos contenidos en el Manual Transitorio para el Otorgamiento de Beneficios en el Sistema Integral de Pensiones aprobado mediante RA APS/DPC/DJ/032/2011 de 23 de mayo, el cual  tiene como objeto establecer los procedimientos y plazos para el otorgamiento de beneficios en el SIP hasta el inicio de actividades de la Gestora Pública de la Seguridad Social, conforme establece el art. 1 de la referida norma regulatoria, en el marco normativo de la Ley de Pensiones y el Reglamento de Desarrollo Parcial a la Ley de Pensiones Ley aprobado mediante DS 822 de 16 de marzo de 2011.