SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0969/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0969/2017-S3

Fecha: 25-Sep-2017

III.2.  Análisis del caso concreto

El accionante señala como lesionados sus derechos al debido proceso en su vertiente de fundamentación, y a la presunción de inocencia, así como el principio de seguridad jurídica, puesto que tanto la Jueza codemandada como los Vocales demandados, a su turno, emitieron Resoluciones carentes de fundamentación y motivación, rechazando su solicitud de cesación a la detención preventiva.

De la revisión de antecedentes, se tiene que mediante Auto Interlocutorio 221/2016 de 28 de diciembre, la Jueza de Instrucción Penal Primera de la Capital del departamento de Pando -hoy codemandada- rechazó la solicitud de cesación de la detención preventiva del accionante haciendo constar que habiendo el imputado presentado apelación, se remitan antecedentes al superior en grado (Conclusión II.1.), en mérito a ello, se llevó a cabo la audiencia de fundamentación de apelación de 16 de enero de 2017, acto procesal en el que los Vocales demandados por Auto de Vista de igual fecha declararon improcedente el recurso interpuesto, y en consecuencia, confirmaron el fallo cuestionado (Conclusión II.2.).

           Ahora bien, teniendo en cuenta que la interposición de esta acción de defensa se la realizó incluso contra la Jueza de Instrucción Penal Primera de la Capital del departamento de Pando, cabe aclarar que la presente Sentencia Constitucional Plurinacional se referirá a la última determinación asumida en la jurisdicción ordinaria, toda vez que los Vocales demandados a tiempo de conocer el recurso formulado, tuvieron la oportunidad de revisar la Resolución emitida por el Jueza a quo, correspondiendo en ese sentido delimitar la problemática a tratar respecto a dichas autoridades.

           De esa manera, tomando en cuenta el planteamiento central de esta acción tutelar, que a decir del accionante, se traduce en la falta de fundamentación en la Resolución emitida por los Vocales ahora demandados, corresponde conocer los puntos de agravio formulados en la audiencia de fundamentación de apelación, consistiendo los mismos en: