SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0995/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0995/2017-S2

Fecha: 25-Sep-2017

La correcta tipificación garantiza la efectivización de los derechos y garantías fundamentales que se encuentran vigentes en nuestro ordenamiento jurídico.

La tipificación en materia sancionatoria no es una mera formalidad de la cual pueda o deba prescindirse, so pretexto de preservación del bien jurídico de la justicia. La correcta tipificación garantiza la efectivización de los derechos y garantías fundamentales que se encuentran vigentes en nuestro ordenamiento jurídico. El respeto por el debido proceso, es materia de eminente orden público, y de los derechos que se encuentran vinculados al mismo.

No puede sancionarse a un funcionario público por la supuesta transgresión de principios o generalidades, determinando sanciones por no actuar “responsablemente”, necesariamente la conducta debe estar tipificada y su sanción preestablecida y no sometida a la discrecionalidad del juzgador administrativo, razón por la que se concluye que sí existió vulneración del derecho a la defensa, del debido proceso al existir ausencia de tipificación dentro del proceso administrativo de referencia” (las negrillas nos corresponden).