SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0996/2017-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0996/2017-S2

Fecha: 25-Sep-2017

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante a través de sus representantes, denuncia como vulnerado el derecho al debido proceso, las garantías de legalidad e irretroactividad de la ley y la omisión de control de convencionalidad; toda vez que, dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público por la presunta comisión de los delitos de incumplimiento de deberes y otros, las autoridades demandadas al pronunciar el Auto Supremo 813/2016, validaron la aplicación de los arts. 112 y 123 de la CPE; -cuyas reglas rigen para actos ocurridos con posterioridad a la publicación de la misma-; arts. 5 de la Ley 004 y 29 Bis del CPP, a hechos supuestamente ilícitos cometidos hace dos décadas atrás (1991 a 1993), debiendo haber fundado su decisión, no sólo en el nuevo régimen de la acción penal en cuanto al instituto de la prescripción, sino también en lo previsto por la Constitución Política del Estado, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y los fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos al respecto; por otra parte, ninguno de los delitos por los cuales está sometido a proceso penal, se equipara a los de lesa humanidad o crímenes de guerra, para que no pueda beneficiarse con la prescripción de la acción penal, previsto en la normativa penal vigente.