SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1004/2017-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1004/2017-S3

Fecha: 29-Sep-2017

III.4. Otras consideraciones

         En ese sentido, resultaba obligatorio para el Juez de Sentencia Penal Primero de la Capital del departamento de La Paz, que asumió y declinó competencia en el conocimiento de esta acción tutelar durante el fin de semana -13 de mayo de 2017-, procurar la efectiva y pronta notificación tanto del accionante como de la autoridad demandada en el menor plazo, o al menos presentar una justificación razonable de por qué admitió una representación de la falta de citación a las partes sin antes valorarla en el marco de lo regulado por la Norma Suprema, aplazando la audiencia por dos días mas, y declinar el conocimiento de la causa sin base normativa alguna toda vez que en último caso la presente audiencia se desarrolló por la Jueza de Sentencia Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primera de la capital de ese departamento. Al no proceder en ese sentido, dilató la tramitación de una acción tutelar en la que se demandaba una demora indebida en un proceso penal, de ahí que se recomienda al primer nombrado, que se encontraba en suplencia legal, observar los plazos de tramitación y resolución de la presente acción de libertad, para posteriores casos.