SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1009/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1009/2017-S1

Fecha: 11-Sep-2017

a)

Rolando Jaramillo Vaca, Director Distrital de Educación de Yacuiba del departamento de Tarija, mediante su abogado señaló: a) El Memorando de 3 de abril de 2017, no hace mención a la destitución de la profesora Emma Fernández Guerrero, sino que es una designación de maestra de escolaridad con noventa y seis horas de trabajo a la Unidad Educativa “Yacuiba” en reemplazo de la profesora Ludmila Fuentes Castro, por reordenamiento; b) La accionante no se presentó a su fuente laboral; mediante notas de 15 y 17 de mayo del mismo año, la Directora de la Unidad Educativa “Yacuiba”, informó la ausencia de la profesora –ahora accionante– por lo que solicitó la incorporación de una docente titular; c) No se vulneró su derecho al trabajo, a la seguridad social, el debido proceso; no existe un proceso que se le haya instaurado en contra la accionante, no existe recurso de revocatoria alguno ante la Dirección Distrital de Educación, simplemente son oficios; d) Cumplió con su trabajo de realizar la rotación, no se la destituyó a la accionante, no se presentó al lugar de su trabajo, cobró el sueldo del mes de abril sin trabajar, dejando a las niñas y niños abandonados en su educación; y, e) Solicitó que al existir otros recursos se declare “improbada” la acción y sea en costas.