SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1009/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1009/2017-S1

Fecha: 11-Sep-2017

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Desempeña las funciones de profesora desde 1985; el 30 de marzo de 2017, el Director de la Unidad Educativa “Néstor Paz Galarza” Nivel Primario donde prestó sus servicios, de manera verbal le comunicó que en la dirección se encontraba el Director Distrital de Educación de Yacuiba del departamento de Tarija con el fin de entregarle el Memorando de 3 de abril de 2017, de designación a la Unidad Educativa “Yacuiba”, manifestando que el cambio se debía al pedido expreso del Director y miembros de la Junta escolar por las supuestas denuncias contra su persona por causar división y conflictos en la institución, rehusó recibir y firmar el mismo. El 31 de marzo del mismo año, retornó a su fuente laboral no le dejaron ingresar, por lo que se apersonó ante la Dirección Distrital referida a reclamar, obteniendo una respuesta negativa.

En mayo del mismo año fue expulsada definitivamente del Magisterio Nacional, Rural, quedando privada de su derecho a la seguridad social, a un salario, a acceder a la jubilación, aclaró que es persona con discapacidad, el Memorando de 3 de abril de 2017, emitido por el Director Distrital de Educación de Yacuiba del departamento de Tarija a solicitud del director de la Unidad Educativa “Néstor Paz Galarza” Nivel Primario, debió cumplir con las normas establecidas para este tipo de accionar y no directamente enviar el Memorando de designación, omitiendo su derecho a la defensa dentro de un proceso administrativo.