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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1009/2017-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1009/2017-S1

    Fecha: 11-Sep-2017

    I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados

    La accionante alega la vulneración de su derecho al debido proceso en sus elementos de legalidad, motivación de las resoluciones, a la defensa, a la tutela judicial efectiva, al trabajo y a la seguridad social; citando al efecto, los arts 35, 45, 46, 70, 115, 117 y 119 de la Constitución Política del Estado (CPE).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • concedió en parte
    • II.5.
    • III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • 'El Estado garantiza el derecho al debido proceso, a la defensa y a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita, transparente y sin dilaciones'
    • ninguna persona puede ser condenada sin haber sido oída y juzgada previamente en un debido proceso
    • Fragmento 11
    • III.4. Marco normativo de las personas con discapacidad y sus derechos fundamentales
    • 1. A ser protegido por su familia y por el Estado.
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • Articulo 66: (Plan de reordenamiento)
    • II.
    • IV.
    • Toda sanción disciplinaria impuesta sin el cumplimiento de las normas procesales, especificadas en el presente reglamento se tendrá por inexistente
    • CONFIRMAR

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