SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1015/2017-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1015/2017-S1

Fecha: 11-Sep-2017

pero de manera provisional

Finalmente, respecto al derecho a la vivienda, se tiene que según lo expuesto y desarrollado en el Fundamento Jurídico III.3 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional, si bien el mismo no fue denunciado de haber sido vulnerado; empero, cuando se evidencia que está conectado a los hechos denunciados, y guarda relación con la tutela solicitada, que como en el caso de análisis, básicamente busca el no desalojo del inmueble en cuestión. En consecuencia, corresponde otorgar la tutela del derecho a la vivienda, pero de manera provisional en tanto, sean las autoridades jurisdiccionales quienes definan la situación jurídica; ello en razón de evitar que todas las personas que habitan la vivienda, queden desprotegidas mientras aún se tramita el proceso ordinario que podría determinar si corresponde o no dicho desalojo, consecuentemente se pretende de igual forma evitar cualquier lesión a otro derecho que pueda resultar de la restricción del derecho a la vivienda.