Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1039/2017-S2
Fecha: 25-Sep-2017
II.1.
II.1. El 28 de abril de 2016, el Fiscal de Materia informó al Juez de Instrucción Penal de turno de Riberalta, provincia Vaca Diez del departamento del Beni, el inicio de investigación, la denuncia formal realizada por YPFB, presentando imputación formal contra el hoy accionante y otro, por la presunta comisión de los delitos de falsedad material e ideológica, peculado e incumplimiento de deberes, habiéndose señalado audiencia para el 29 de igual mes y año (fs. 12 a 18).
- acción de libertad
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II
- Planteada la solicitud, en el caso de los Numerales 1 y 4, la o el Juez deberá señalar audiencia para su resolución en el plazo máximo de cinco (5) días.
- III.2. Sobre el trámite procesal en caso de las recusaciones o excusas
- III.3. Análisis del caso concreto
- 1° REVOCAR
- 2° Se llama severamente la atención