SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0260/2018-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0260/2018-S2

Fecha: 04-Ene-2018

i)

Ariel Iván Vidal Jiménez, querellante en audiencia mediante su abogado señaló:     i) Previo a interponer la presente acción de libertad, el peticionante de tutela debió acudir ante el Juez de la causa solicitando el control jurisdiccional; ii) Si bien existe un memorial de 21 de diciembre de 2017, en el que se impetra la suspensión de la declaración informativa, porque el ahora accionante, tiene una fractura en su tibia y peroné; empero, no efectuó seguimiento al mismo; en consecuencia, al no haberse justificado su inasistencia, en previsión del Código de Procedimiento Penal, que permite hacer “comparecer compulsivamente” o por la fuerza pública al testigo, los actos realizados por las autoridades demandadas se encuentran enmarcadas dentro de la ley; y, iii) Es evidente que al inicio del proceso investigativo Juan Martin Soliz Saavedra, tenía la calidad de testigo, circunstancia en la cual no se le privó de su libertad y en forma posterior a este hecho, se presentó querella en su contra.